Uno de los errores más caros de los autónomos es pagar más IRPF del que toca por no aplicar todos los gastos deducibles a los que tienen derecho. Unos por desconocimiento, otros por miedo a una inspección, y muchos porque nadie se lo ha explicado bien.
Esta guía explica qué gastos puede deducir un autónomo en 2026, con las cifras exactas que fija la Agencia Tributaria, cómo justificarlos y dónde suele mirar Hacienda.
Qué hace que un gasto sea deducible
Cuatro condiciones, y hay que cumplir las cuatro:
- Que esté vinculado a la actividad económica
- Que esté justificado con factura o documento equivalente
- Que esté registrado en los libros
- Que corresponda al ejercicio en que se deduce
Un gasto real pero sin factura, o una factura de un gasto que no tiene que ver con la actividad, no pasa una comprobación.
Gastos deducibles habituales
Cuotas de autónomo
Las cuotas al RETA son deducibles al 100 %. Y desde 2023 hay un matiz que conviene conocer: como se cotiza por ingresos reales, la Seguridad Social regulariza las cuotas al año siguiente. Si te toca pagar más, ese pago adicional es mayor gasto del ejercicio en que lo pagas; si te devuelven, es menor gasto de ese ejercicio. No hay que rectificar la declaración anterior.
Local u oficina
Si alquilas un local exclusivamente para la actividad, el alquiler, los suministros, el seguro y el mantenimiento son deducibles al 100 %.
Trabajar desde casa: suministros
Si la vivienda está parcialmente afecta a la actividad, puedes deducir el 30 % de la parte proporcional de los suministros (luz, agua, gas, telefonía, internet) según los metros cuadrados destinados a la actividad. Si trabajas en el 20 % de la casa, deduces el 30 % de ese 20 %: un 6 % de la factura. No es mucho, pero es todos los meses.
Vehículo
Es el punto más conflictivo. En el IRPF, el vehículo solo es deducible si está afecto en exclusiva a la actividad, algo que Hacienda cuestiona salvo en actividades donde es evidente: transportistas, comerciales con ruta, agentes. Un uso mixto —trabajo y personal— deja fuera el vehículo y sus gastos, por mucha documentación que se aporte. En el IVA la regla es distinta y se admite el 50 % con carácter general.
Equipos, software y material
Ordenador, impresora, mobiliario, suscripciones a herramientas digitales y material fungible, siempre con factura. Los bienes de más valor se amortizan en varios años en lugar de deducirse de golpe.
Formación
Cursos, libros, congresos y seminarios directamente relacionados con la actividad.
Seguros
El de responsabilidad civil profesional es deducible. El seguro de salud también, con límite de 500 € anuales por el titular, el cónyuge y los hijos menores de 25 que convivan, y de 1.500 € por cada persona con discapacidad.
Gastos financieros y bancarios
Intereses de préstamos para la actividad, comisiones de la cuenta profesional y gastos del TPV.
Asesoría y servicios profesionales
Los honorarios de tu asesoría, abogado o gestor son deducibles. Sí, también los nuestros.
Publicidad y marketing
Diseño web, anuncios, redes sociales, posicionamiento: todo lo que sirva para vender.
Comidas: gastos de manutención
Son deducibles si se producen en el desarrollo de la actividad, en establecimientos de restauración y hostelería, se pagan por medios electrónicos y no superan estos límites diarios:
| En España | En el extranjero | |
|---|---|---|
| Sin pernoctar | 26,67 € | 48,08 € |
| Pernoctando en municipio distinto | 53,34 € | 91,35 € |
Que la comida sea un día laborable no la convierte por sí sola en gasto de la actividad: Hacienda lo dice expresamente. Y el exceso sobre esos importes no se deduce.
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Los gastos de difícil justificación: 5 %, no 7 %
Los autónomos en estimación directa simplificada pueden deducir un porcentaje del rendimiento neto positivo sin justificar ningún gasto concreto. Aquí hay una confusión muy extendida: el 7 % fue solo para 2023. El porcentaje vigente es el 5 %, con un máximo de 2.000 € anuales. Es incompatible con la reducción para autónomos económicamente dependientes.
Lo que Hacienda mira con lupa
- Vehículos en actividades donde el uso exclusivo no es evidente
- Comidas sin vinculación clara con la actividad
- Viajes que mezclan lo profesional y lo personal
- Facturas de personas vinculadas: familiares, sociedades propias
- Gastos que se deducen en IRPF pero no en IVA, o al revés, sin explicación
No significa que no puedas deducirlos. Significa que hay que tener la justificación preparada antes de que llegue el requerimiento, no después.
Estimación directa normal, simplificada o módulos
El régimen condiciona qué se deduce y cómo. En directa normal se deducen todos los gastos reales justificados. En directa simplificada, lo mismo con simplificaciones, entre ellas el 5 % de difícil justificación. En módulos, el rendimiento se calcula por parámetros objetivos y los gastos reales apenas cuentan. Si no sabes en cuál estás o si te conviene cambiar, es una pregunta que vale la pena hacer.
Cómo pagar lo justo, y no más
La diferencia no se hace en junio recordando facturas, sino durante el año: contabilidad al día, facturas de todo lo que se paga y una revisión antes de cierre para decidir qué gastos adelantar, qué inversiones hacer antes del 31 de diciembre y si conviene aportar a un plan de pensiones. Y a partir de la facturación electrónica obligatoria, con más razón: cada factura queda registrada.
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Fuentes
- Agencia Tributaria — Manual práctico de Renta 2025: gastos del titular de la actividad (cuotas del RETA, regularización y límites de manutención)
- Agencia Tributaria — Estimación directa simplificada (porcentaje de gastos de difícil justificación)
- Ley 35/2006 del IRPF, artículo 30.2 (seguros de enfermedad, suministros de la vivienda y manutención)
Actualizado a 30 de septiembre de 2026 con el Manual de Renta 2025 de la Agencia Tributaria.