Tramitamos tu residencia, permiso de trabajo y nacionalidad española con un servicio cercano, ágil y 100% digital. Te acompañamos en cada paso para que alcances tus metas sin complicaciones y con la tranquilidad de contar con un equipo especializado.
El Gobierno ha iniciado el proceso de regularización masiva para extranjeros. Si llegaste a España antes del 1 de enero de 2026 y llevas al menos 3 meses en el país, puedes obtener tu permiso de residencia y trabajo. En MVG preparamos tu expediente completo para presentarlo en cuanto se abra el plazo. ¡No te quedes fuera, las plazas y plazos serán estrictos
Quieres obtener residencia (arraigo social/laboral/familiar, no lucrativa, tarjeta comunitaria).
Necesitas permiso de trabajo (cuenta ajena, cuenta propia, altamente cualificados).
Vas a solicitar la nacionalidad (por residencia, opción o carta de naturaleza).
Deseas reagrupar a tu familia o renovar tu autorización.
Eres estudiante y quieres trabajar de forma compatible con tus estudios.
Nacionalidad por residencia: 10 años (general), 5 si refugiado, 2 si iberoamericano / filipino/ andorrano/ guineano/ sefardí, 1 si naciste en España, tienes hijo español o estás casado con español.
Arraigo social: al menos 3 años en España de forma irregular, vínculos familiares o contrato, e integración social.
Permiso de estudiante: puedes trabajar hasta 30 h/semana si es compatible con los estudios.
Reagrupación familiar: cónyuge, hijos <18 (o mayores con discapacidad) y, en algunos casos, padres; requiere ingresos, vivienda y tiempo de residencia.
Pérdida del permiso: ausencias largas, no renovar a tiempo, delitos graves o trabajar sin autorización.
1.- Obtener la Residencia: Arraigo social, laboral y familiar; residencia no lucrativa; tarjeta comunitaria.
2.- Permiso de Trabajo: Cuenta ajena, cuenta propia, altamente cualificados.
3.- Nacionalidad española: Por residencia, opción o carta de naturaleza.
4.- Reagrupación familiar y otros trámites: NIE, visados de estudiante, renovaciones y recursos.
Diagnóstico del caso y ruta legal más adecuada.
Documentación y preparación de formularios y pruebas.
Presentación del expediente y seguimiento continuo.
Resolución y, si procede, recursos.
Los plazos dependen de tamaño y complejidad; lo ajustamos a tu realidad.
Formularios oficiales (p.ej., EX-00)
Pasaporte en vigor completo
Tasas
Empadronamiento y documentos específicos según tu permiso (contrato, vida laboral, renta, exámenes, antecedentes penales…).
Pasaporte en vigor completo
Empadronamiento y documentos específicos según tu permiso (contrato, vida laboral, renta, exámenes, antecedentes penales…).
Depende de tu situación: 10 años de residencia legal para la mayoría de extranjeros, 5 años si tienes estatuto de refugiado, 2 años si eres iberoamericano, filipino, andorrano, guineano o sefardí, y 1 año si naciste en España, tienes un hijo español o estás casado con español. En MVG te asesoramos sobre tu caso específico.
El arraigo social es un permiso de residencia para extranjeros por circunstancias excepcionales que permite regularizar tu situación. Es necesario llevar al menos 3 años en España de forma irregular, tener vínculos familiares o un contrato de trabajo, y se debe acreditar la integración social. Es una de las vías más comunes para regularizar tu situación y tiene una duración dicha autorización de residencia por 1 año, con posibilidad de renovar y obtener posteriormente una residencia de larga duración. En MVG tramitamos tu arraigo de principio a fin.
Sí, desde 2022 los estudiantes extranjeros pueden trabajar hasta 30 horas semanales sin necesidad de autorización adicional, siempre que sea compatible con sus estudios. En MVG te asesoramos sobre cómo compatibilizar estudios y trabajo de forma legal.
Necesitas: solicitud en modelo oficial (EX-00), pasaporte completo en vigor, justificante de pago de tasas, empadronamiento, y documentos específicos según tu tipo de permiso (contrato de trabajo, vida laboral, declaración de la renta, etc.). En MVG nos encargamos de preparar toda tu documentación y presentar la renovación de forma telemática.
Sí, a través de la reagrupación familiar. Puedes reagrupar a tu cónyuge, hijos menores de 18 años (o mayores con discapacidad), y en algunos casos a tus padres. Debes cumplir requisitos de ingresos, vivienda y tiempo de residencia. En MVG gestionamos todo el proceso de reagrupación familiar.
El plazo legal es de 1 año desde la presentación de la solicitud, pero en la práctica puede tardar entre 1 y 3 años dependiendo del Registro Civil. En MVG te preparamos toda la documentación, te inscribimos en los exámenes CCSE y DELE (si los necesitas), y hacemos seguimiento de tu expediente.
El NIE (Número de Identificación de Extranjero) es tu número de identificación fiscal en España. Lo necesitas para trabajar, abrir una cuenta bancaria, comprar una vivienda, etc. Puedes solicitarlo en España o desde tu país de origen en el consulado español. En MVG tramitamos tu NIE de forma rápida y sin complicaciones.
Sí, puedes perderlo si: sales de España más de 6 meses consecutivos (o más de 12 meses en un periodo de 5 años), no renuevas a tiempo, cometes delitos graves, o trabajas sin autorización. En MVG te asesoramos para que mantengas tu permiso en regla y evites problemas.