Vas a empezar por tu cuenta
Te damos de alta como autónomo gratis
Sin coste de alta si contratas nuestra asesoría durante el primer año. Nos encargamos del 036, del alta en la Seguridad Social y de dejarte funcionando desde el primer día.
- ✓Alta en Hacienda (modelo 036) y en el RETA
- ✓Te decimos si te corresponde la tarifa plana y la solicitamos
- ✓Elegimos contigo los epígrafes de IAE correctos
- ✓Abogadas y economistas, no una plataforma automática
Solicita tu alta gratuita
Te llamamos, resolvemos tus dudas y te decimos exactamente qué necesitas para empezar.
Oferta sujeta a la contratación de la asesoría durante 12 meses, desde 59 € + IVA al mes. Si causas baja antes, se te factura el alta según el importe recogido en la hoja de encargo. Condiciones completas justo debajo.
Las condiciones, sin letra pequeña
Preferimos decírtelo aquí que escondértelo en un asterisco.
Qué es gratis
El trámite de alta completo: modelo 036, alta en el RETA, elección de epígrafes y solicitud de la tarifa plana. No pagas nada por él.
Qué sí pagas
La cuota mensual de asesoría, desde 59 € + IVA, durante los doce primeros meses.
Si causas baja antes del año
Se te factura el alta de autónomo, que hasta entonces no habías pagado. Nada más: no hay penalización añadida. El importe consta en la hoja de encargo que firmas al empezar.
Qué hacemos por ti en el alta
No es solo rellenar un formulario. Las decisiones que se toman aquí te afectan durante años.
Epígrafes de IAE
Elegir mal el epígrafe condiciona tu tributación y lo que puedes deducir. Lo revisamos contigo antes de presentar nada.
Tarifa plana
Comprobamos si cumples los requisitos y la solicitamos. Si no cumples, te lo decimos antes de que te des de alta, no después.
Base de cotización
Te explicamos qué implica cada tramo del sistema de ingresos reales y elegimos contigo, sin dejarlo por defecto.
Obligaciones desde el día uno
Te dejamos un calendario con lo que tendrás que presentar y cuándo, para que no te pille ningún vencimiento de sorpresa.
La tarifa plana: 80 € al mes durante el primer año
Es la mayor ayuda que vas a tener al empezar, y no se concede sola: hay que pedirla al darse de alta y cumplir unos requisitos concretos.
En lugar de pagar la cuota que te correspondería por tus ingresos, pagas una cuota reducida de 80 € al mes, importe que la Seguridad Social mantiene en 2026. Dura doce meses y puede prorrogarse otros doce si durante ese primer año tus rendimientos netos se mantienen por debajo del salario mínimo interprofesional, que en 2026 está en 1.221 € al mes.
Requisitos para que te la concedan
- ✓No haber estado de alta en el RETA en los dos años inmediatamente anteriores. Si ya disfrutaste antes de la tarifa plana, el plazo sube a tres años.
- ✓No darte de alta como autónomo colaborador, es decir, como familiar de otro autónomo ya dado de alta.
- ✓Estar al corriente de pago con la Seguridad Social y con Hacienda.
Un detalle que cuesta dinero: si al darte de alta no la pides expresamente, empiezas pagando la cuota ordinaria. No es automática. Nosotras comprobamos si cumples antes de presentar nada y, si no cumples, te lo decimos antes del alta, no cuando te llega el primer recibo.
Tres cosas que en 2026 casi todo internet te cuenta mal
Buena parte de lo que está posicionado en Google sobre el alta de autónomo está desactualizado, y algunas cosas las escriben empresas que venden programas de facturación.
El modelo 037 ya no existe
Se suprimió el 3 de febrero de 2025. Hoy solo hay una declaración censal, el modelo 036, y aun así medio internet sigue diciendo «036 o 037». Si una web te ofrece tramitar tu 037, está trabajando con información de hace dos años.
VeriFactu no te obliga en 2026
El sistema de facturación verificable será obligatorio para las sociedades desde el 1 de enero de 2027 y para el resto de contribuyentes, autónomos incluidos, desde el 1 de julio de 2027. Circula mucho «desde julio de 2026» y es falso. Conviene ir eligiendo programa con calma, no correr. Lo explicamos con detalle en cumplimiento normativo.
Las bases de cotización siguen congeladas
Para 2026 no se han actualizado las tablas del sistema de ingresos reales: se mantienen las del año anterior. La base mínima del tramo más bajo sigue en 653,59 € y la máxima en 5.101,20 €, con un tipo del 31,50 % más el 0,90 % del mecanismo de equidad intergeneracional.
Qué te toca presentar desde el primer día
Darse de alta es el trámite. Lo que viene después es lo que de verdad te va a ocupar, y es donde entra la asesoría.
El alta, en dos ventanillas
Primero el modelo 036 en Hacienda, antes de iniciar la actividad. Después el alta en el RETA, que puede presentarse hasta 60 días naturales antes de la fecha en que vayas a empezar. Van de la mano, pero son dos organismos y dos trámites distintos.
El epígrafe de IAE
Todas las personas físicas están exentas de pagar el IAE, así que el epígrafe no te cuesta dinero, pero decide muchas cosas: si tributas como actividad empresarial o profesional, si tus facturas llevan retención del 15 % —o del 7 % los tres primeros años—, qué régimen de IVA te aplica y si puedes acogerte a módulos.
Los trimestres
El IVA con el modelo 303 y, según cómo trabajes, pagos fraccionados de IRPF con el 130 o retenciones con el 111 y el 115. En enero, los resúmenes anuales. Es el calendario que te dejamos cerrado el día que empiezas, dentro de la asesoría fiscal y contable.
La declaración de la Renta
Si has estado de alta en el RETA aunque sea un solo día del ejercicio, estás obligado a presentar la Renta, ganes lo que ganes. No hay mínimo que te libre de ella.
Preguntas que nos hacen antes de darse de alta
¿Tengo que darme de alta si voy a facturar poco?
Es la pregunta estrella y no tiene una respuesta de una línea. La obligación de cotizar en el RETA depende de que la actividad sea habitual, personal y directa, y ahí hay resoluciones en los dos sentidos. Lo que sí es seguro es que el alta censal en Hacienda con el 036 se exige desde la primera factura, con independencia de lo que ingreses. Cuéntanos tu caso y te decimos qué riesgo real tienes.
¿Puedo ser autónomo y trabajar por cuenta ajena a la vez?
Sí, se llama pluriactividad y es perfectamente legal. Además puede dar derecho a que te devuelvan parte de lo cotizado cuando entre los dos regímenes se superan ciertos límites. Es una de las cosas que revisamos al hacer el alta, porque nadie la reclama de oficio.
¿Puedo cambiar mi base de cotización si me equivoco?
Sí. El sistema de ingresos reales permite hasta seis cambios de base al año, así que tu previsión inicial no es una condena. Aun así, acertar desde el principio te ahorra regularizaciones incómodas al ejercicio siguiente.
¿Cuánto tarda?
El mismo día, si nos das los datos completos: el 036 y el alta en el RETA se presentan telemáticamente. Lo que no hacemos es correr. Preferimos dedicar una llamada a decidir bien el epígrafe y la base que salir del paso en diez minutos.
¿Y si ya me di de alta yo por mi cuenta?
No pasa nada. Revisamos cómo quedó el alta —epígrafe, base, régimen de IVA, tarifa plana— y corregimos lo que haga falta. Encontrar altas hechas con el epígrafe equivocado es más frecuente de lo que parece.
¿Y si vengo de otra gestoría?
Entonces lo tuyo no es un alta, es un cambio de gestoría: nosotras pedimos tu documentación a la asesoría anterior y tú no tienes que dar la cara. Los precios están en la página de tarifas.
Página revisada el 22 de agosto de 2026. Las cifras de cotización cambian con frecuencia: si lees esto mucho después, escríbenos y te confirmamos las vigentes.
Empieza bien desde el primer día
Un alta mal hecha se paga durante años. Te damos de alta gratis y te acompañamos el resto del camino.