Cómo reclamar una deuda sin contrato

Cómo reclamar una deuda sin contrato: lo que dice la ley y qué pruebas necesitas

reclamo_deuda

Una de las situaciones más frustrantes en el ámbito jurídico es que alguien te deba dinero y no tengas un contrato escrito que lo acredite. Sucede con más frecuencia de lo que parece: un servicio prestado a un conocido, un préstamo entre particulares, un trabajo realizado para una empresa con la que solo hubo un acuerdo verbal, o una compraventa pactada de palabra. Muchas personas dan por perdida la deuda pensando que sin papel firmado no hay nada que hacer. Esto no es correcto.

En este artículo te explicamos qué dice la ley española sobre las deudas sin contrato escrito, qué pruebas pueden sustituir al contrato y cuáles son las vías disponibles para reclamar.

¿Es válido un contrato verbal en España?

Sí. En España rige el principio de libertad de forma en los contratos, recogido en el Código Civil. Esto significa que un contrato es válido aunque no se haya firmado ningún documento escrito, siempre que exista acuerdo entre las partes sobre el objeto y el precio. Un acuerdo verbal es jurídicamente vinculante exactamente igual que uno escrito.

El problema no es la validez del contrato verbal, sino la prueba. Si la otra parte niega la deuda o el acuerdo, necesitas demostrar ante el juez que ese acuerdo existió y cuáles eran sus términos. Ahí es donde la falta de contrato escrito complica las cosas, pero no las hace imposibles.

¿Qué pruebas pueden sustituir al contrato escrito?

La ley admite cualquier medio de prueba válido en derecho para acreditar la existencia de una deuda. En la práctica, los más útiles son los siguientes.

Mensajes de WhatsApp y correos electrónicos Son una de las pruebas más habituales y más valoradas por los jueces en la actualidad. Una conversación de WhatsApp en la que se acuerda el servicio, se confirma el precio o se reconoce la deuda tiene pleno valor probatorio. Lo mismo ocurre con los correos electrónicos. Es importante conservar estos mensajes y, si la situación lo requiere, hacer capturas de pantalla o incluso acudir a notario para que dé fe de su contenido.

Transferencias bancarias Si realizaste una transferencia bancaria o recibes prueba de que la otra parte recibió dinero tuyo, ese movimiento bancario es una prueba muy sólida de la existencia de la deuda. El extracto bancario con el concepto de la transferencia puede ser determinante.

Facturas emitidas sin cobrar Si emitiste una factura por el servicio prestado y la otra parte no la impugnó en su momento, esa factura es un documento que acredita la deuda aunque no haya contrato previo.

Testigos Las personas que presenciaron el acuerdo o que tienen conocimiento directo de la deuda pueden declarar como testigos en un procedimiento judicial. El testimonio de terceros tiene valor probatorio, aunque suele ser más débil que la prueba documental.

Reconocimiento de deuda posterior Si la persona que te debe dinero ha reconocido en algún momento la existencia de la deuda, aunque sea de forma informal, ese reconocimiento tiene valor probatorio. Un mensaje diciendo «te pago la semana que viene» o «sé que te debo ese dinero» es un reconocimiento de deuda que puede utilizarse en un procedimiento judicial.

Burofax El burofax es un documento certificado enviado por Correos que acredita que comunicaste algo a otra persona en una fecha concreta. Enviarlo reclamando la deuda antes de acudir a los tribunales es importante por dos razones: interrumpe el plazo de prescripción de la deuda y demuestra que intentaste resolver el asunto de forma extrajudicial antes de recurrir a la vía judicial, lo que puede ser relevante en el procedimiento.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

Las deudas prescriben, es decir, transcurrido un determinado plazo sin reclamarlas se pierde el derecho a exigirlas judicialmente. El plazo general de prescripción de las acciones personales en el Código Civil es de cinco años desde que la obligación pudo exigirse. Sin embargo hay plazos específicos para determinados tipos de deuda, por lo que es importante no esperar demasiado y consultar con un abogado si tienes dudas sobre si tu deuda ha prescrito.

El plazo de prescripción se interrumpe cada vez que se realiza una reclamación fehaciente, como el envío de un burofax o la presentación de una demanda, y empieza a contarse de nuevo desde ese momento.

¿Cuáles son las vías para reclamar judicialmente?

Dependiendo del importe de la deuda y de las circunstancias del caso, existen diferentes procedimientos judiciales.

Juicio verbal Para deudas de hasta 2.000 euros. Es el procedimiento más sencillo y rápido, puede iniciarse sin necesidad de abogado ni procurador si la cuantía no supera los 2.000 euros, aunque contar con representación legal siempre es recomendable.

Proceso monitorio Es el procedimiento más utilizado para reclamar deudas dinerarias de cualquier importe cuando existe algún documento que acredite la deuda, aunque no sea un contrato firmado. Facturas, albaranes, correos electrónicos o cualquier documento que refleje la deuda pueden servir de base. Si el deudor no se opone en el plazo establecido, el juez dicta un auto que tiene la misma fuerza ejecutiva que una sentencia. Es rápido, económico y muy efectivo cuando el deudor no tiene argumentos sólidos para oponerse.

Juicio ordinario Para deudas superiores a 6.000 euros o cuando la cuestión jurídica es compleja. Requiere abogado y procurador y es el procedimiento más largo, pero también el que ofrece más garantías para casos complicados.

Juicio de pequeña cuantía Para deudas de entre 2.000 y 6.000 euros. Requiere abogado y procurador.

¿Qué pasa si el deudor no tiene bienes?

Obtener una sentencia favorable es solo el primer paso. Si el deudor no paga voluntariamente, hay que iniciar la fase de ejecución de la sentencia, en la que el juez puede ordenar el embargo de cuentas bancarias, salarios, vehículos, inmuebles u otros bienes del deudor. Si el deudor no tiene bienes ni ingresos embargables en ese momento, la ejecución queda en suspenso pero no caduca: puede reactivarse cuando el deudor mejore su situación económica.

¿Merece la pena reclamar judicialmente?

Depende del importe de la deuda, de las pruebas disponibles y de la situación económica del deudor. Antes de iniciar cualquier procedimiento judicial, es recomendable hacer un análisis de viabilidad que tenga en cuenta las posibilidades reales de éxito, el coste del procedimiento y las perspectivas de cobro efectivo aunque se gane el juicio.

En MVG analizamos tu caso de forma gratuita, te decimos honestamente si merece la pena reclamar y por qué vía, y te representamos en todo el proceso si decides seguir adelante.

¿Te deben dinero y no sabes si puedes reclamarlo? Cuéntanos tu caso y te orientamos.

Podría interesarte...

logo
Resumen de privacidad

Este sitio web utiliza cookies para mejorar su experiencia mientras navega por él. De estas cookies, las que se clasifican como necesarias se almacenan en su navegador, ya que son esenciales para el funcionamiento de las funciones básicas del sitio web. También utilizamos cookies de terceros que nos ayudan a analizar y comprender cómo utiliza este sitio web. Estas cookies se almacenarán en su navegador sólo con su consentimiento. También tiene la opción de excluirse de estas cookies. Sin embargo, la exclusión de algunas de estas cookies puede afectar a su experiencia de navegación.